Aumento de la luz: denuncian que Jujuy ignoró una compensación nacional para justificar el tarifazo
A la hora de explicar la suba de entre el 25% y el 30% en las facturas de energía, la SUSEPU insiste en responsabilizar de forma exclusiva a la quita de subsidios de la Nación. Sin embargo, un análisis técnico del marco regulatorio expone que el ente provincial omitió aplicar una compensación clave contemplada por la propia normativa nacional para amortiguar el impacto en el bolsillo de los usuarios.
El discurso oficial del gobierno y la SUSEPU busca instalar que las variaciones tarifarias responden únicamente a las decisiones del Gobierno nacional tras el recorte de los topes de consumo subsidiados. Pero la advertencia realizada por la abogada Alicia Chalabe, referente de la asociación de consumidores CODELCO, desarma esa versión y deja al descubierto una decisión local de no trasladar un alivio financiero previsto para la población.
Al analizar la Resolución 272/2026 emitida a nivel nacional, la especialista remarcó la diferencia de criterio que existe entre lo que sucede en Jujuy y lo que ocurre en el resto de la región:
"La baja de los subsidios focalizados establece una compensación de Nación. Solamente nosotros vamos a pagar del 25% al 30% más; en las otras provincias, como Tucumán o Salta, no tienen este mismo planteo ni están con el mismo problema tarifario. El ente regulador local se comió una parte de la resolución nacional, que establece un adicional para compensar la baja de los consumos. Por eso en otros lugares se mantienen los niveles tarifarios para no disparar la inflación, mientras que acá en Jujuy el presidente de la SUSEPU sale a anunciar un aumento directo y a decir que cuidemos la luz".
Falta de especialización técnica: la raíz del problema institucional
Esta grave omisión reaviva las críticas sobre el perfil y la falta de especialización técnica de la conducción de la SUSEPU. Diversos sectores señalan que el organismo regulador ha terminado funcionando como una escribanía del Ejecutivo provincial antes que como un ente autárquico de control técnico independiente.
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Conducción política vs. idoneidad técnica: Se cuestiona fuertemente que la designación de autoridades responda a repartos o favores políticos y no a concursos de oposición entre profesionales especializados en ingeniería eléctrica, economía de los servicios públicos o derecho regulatorio.
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Incapacidad para auditar a EJESA: Al no contar con cuadros técnicos independientes y de alta calificación, el ente carece de la rigurosidad necesaria para auditar las estructuras de costos presentadas por la concesionaria, limitándose a validar de forma pasiva los cuadros tarifarios que envía la empresa.
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Desprotección del usuario: La falta de pericia regulatoria provoca que se pasen por alto resoluciones, bonificaciones y compensaciones nacionales que benefician al usuario, derivando en un sesgo sistemático a favor de la empresa distribuidora y en perjuicio del usuario jujeño.
En ese sentido, Chalabe lanzó una critica muy fuerte: "Acá hay un problema de fondo con la conducción del ente: no hay idoneidad ni especialización técnica. Para auditar una tarifa y defender al usuario se necesitan profesionales formados en economía de los servicios públicos, en ingeniería y en derecho regulatorio, no cargos de recambio político".
La estrategia de la culpar a Nación y la respuesta judicial
Esta omisión en la aplicación del marco normativo nacional genera que el impacto en la provincia sea significativamente mayor. Al no incorporar la bonificación extraordinaria prevista en la normativa federal, la tarifa local absorbe el golpe pleno del recorte de subsidios, un costo que el organismo provincial traslada directamente a las familias jujeñas mientras busca atribuir la responsabilidad entera a la órbita nacional.
Frente a esta situación, desde CODELCO confirmaron que avanzarán con la presentación de un amparo judicial colectivo para frenar el nuevo esquema aplicado por la empresa EJESA. La presentación cuestionará no solo la validez legal del aumento y la falta de Audiencia Pública previa (exigida por jurisprudencia de la Corte Suprema ante modificaciones de esta escala) sino también la actuación de la SUSEPU por no garantizar la aplicación integral de los beneficios y compensaciones correspondientes a los usuarios de la provincia.