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ANMAT prohibió el uso y la comercialización de un jabón líquido

Se trata de un jabón líquido comercializado por plataformas digitales. Según las autoridades, el producto no se encontraba inscripto en la administración.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un jabón blanco líquido que se encuentra en plataformas de ventas digitales. La Disposición 8618/2024 se hizo efectiva luego de su publicación en el Boletín Oficial.

En detalle, se trata del producto de la marca "Más Vida", cuya leyenda específica: "hipoalergénico, ecológico, sin parabenos ni conservantes. Apto para lavarropas automático y lavado a mano". El organismo prohibió su "uso, comercialización, publicidad y distribución" luego de verificar que el artículo "no se encuentra inscripto ante la ANMAT".

El producto prohibido por la ANMAT

La decisión del organismo nacional se hizo oficial luego de ser publicada en el Boletín Oficial de la fecha. Según detalló el ANMAT, el jabón líquido de la marca "Más Vida" no se encuentra "inscripto ante la ANMAT" y, además, su rótulo "no cuenta con datos identificatorios del establecimiento responsable habilitado por administración”.

Inicialmente, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud había recibido una denuncia por la legitimidad del producto. Luego de constatar su falta de validez, la administración dispuso su prohibición en todo el país.

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El producto era comercializado sobre todo a través de plataformas digitales. Debido a esto, los links para la comercialización del jabón fueron remitidos a la Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria de esta Administración para su intervención, por lo que ya no se podrá acceder al producto.

En la disposición oficial, el organismo argumentó la decisión de prohibir su "uso, comercialización, publicidad y distribución" en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica. “A fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados", detalló la administración.

FUENTE: Ámbito

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