Jujuy | Pirotecnia | PIROTECNIA CERO | Multas

Pirotecnia sonora cero: Por incumplimientos, se puede pagar hasta $14.600 de multa

Además se decomisarán los artículos, clausurarán locales y puede llegar a darse un cierre definitivo a los comercios que vendan pirotecnia sonora. Desde los organismos de control instaron a los usuarios jujeños a realizar las denuncias pertinentes.

  • Por primera vez, rige en toda la provincia la ley de pirotecnia sonora cero.
  • Las multas a los comercios que incumplan van desde los $730,20 a los $14.640.
  • Locales que expidan cohetería pueden ser clausurados por 30 hasta 180 días, y en caso de reincidencia el cierre definitivo.

Luego de años de pedidos incansables de sociedades protectoras de animales y organizaciones que trabajan con personas con autismo, rige en Jujuy la Ley de pirotecnia sonora cero.

Desde el área Seguridad de la provincia recordaron la prohibición de la venta de este tipo de artículos para evitar sanciones.

Las multas establecidas por incumplimientos:

  • Multa económica del valor de 10 a 200 unidades fijas, según la gravedad del caso y la consideración de la autoridad de aplicación. La unidad fija se constituye según el valor del litro de nafta; el cual incrementó hace unos días y es de $73,20.

Entonces se pueden pagar multas que van desde los $730,20 a los $14.640.

  • Decomiso de los artículos de pirotecnia y cohetería que estén en poder del infractor y sean elementos probatorios de la infracción.
  • Clausura del establecimiento de 30 días, pudiendo elevarse hasta 180 días, según el caso, y en última instancia pudiendo establecerse la clausura definitiva en caso de reincidencia en la infracción.

Para realizar denuncias:

Por teléfono al 911 y por correo al [email protected], [email protected], [email protected].

En capital: 4020167, en el horario de 08 a 12hs o en https://forms.gle/eizychHy4xCZc3R28. También se estableció un código QR.

image.png

Dejá tu comentario