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Maltrato animal: En 2020, se radicaron solamente 2 denuncias contravencionales

Pese a que las denuncias abundan en las redes sociales de Jujuy, a la hora de efectivizarlas en las comisarías los números no reflejan lo mismo. La falta de conocimiento de las normativas hace que los ciudadanos no radiquen las denuncias por maltrato. Buscan que se cumpla el protocolo de actuación ante casos de maltrato y crueldad animal, que permitiría actuar dentro de las 36 horas.

  • Están en vigencia la Ley Nacional Nº 14.346 y el Articulo 93 del Código Contravencional.
  • Actualmente la tipificación del animal en el Código Civil Argentino es la de un objeto mueble.
  • Instaron a que el ciudadano radique la denuncia en la comisaría.

El referente de la Coalición Cívica ARI y activista animal, José Albizo, se refirió a los casos de maltrato y crueldad animal que se producen en Jujuy, y la escasez de denuncias que se radican en la policía de la provincia.

El 10 de diciembre se radicó un Protocolo de Actuación ante casos de maltrato y crueldad animal ante el Ministerio de Seguridad de la provincia.

Albizo marcó que desde esa fecha, se comenzó a trabajar con el Ministerio para profundizar la aplicación de este protocolo para que pueda estar vigente en un plazo no mayor a 60 días.

“No se radican muchas denuncias de maltrato animal. Durante 2020, solamente se radicaron dos denuncias en el orden contravencional. No es la magnitud de casos que hay en Jujuy. Hay una falta en el ejercicio ciudadano de ir a radicar las denuncias por maltrato y crueldad animal”.

Maltrato animal

En este sentido, el referente recordó que están en vigencia la Ley Nacional Nº 14.346 y el Articulo 93 del Código Contravencional de la provincia para ampararse para radicar las denuncias pertinentes.

A su vez, remarcó que la falta de conocimiento de la ciudadanía de las normativas y la importancia de que el agente policial tiene la obligación de tomar la denuncia que debe ser eso, denuncia, y no exposición, puesto que esta última no podrá prosperar en una causa.

Con respecto a la tipificación del animal en el Código Civil Argentino, actualmente es la de un objeto mueble, lo cual minimiza este tipo de delitos.

“Esto representa una alteración en la norma general y dificulta la aplicación de las leyes. Esto no significa que no se deba radicar la denuncia en las comisarías. Recién cuando se modifique la ley, se podría hablar de biocidio”.

Albizo puntualizó el caso de maltrato de un animal en San Salvador que fue denunciado en noviembre de 2020 pero que presenta maltrato desde julio.

“Un perro de porte pequeño es maltratado por un hombre que aprieta las partes íntimas del perro porque se había orinado. Además de esto, lo golpea con una manguera, lo tira contra un asador”.

Ante esto, el fiscal ordenó el secuestro del animal, pero el juez alegó falta de mérito. Por ello, Albizo apuntó contra el Juez de Control N° 3 Javier Salvatierra por resolver en contra del rescate de un animal.

Sin embargo, el inconveniente que se presenta a la hora de denunciar a un vecino por un caso de maltrato o crueldad animal son las represalias que podría sufrir quien denuncia a un vecino.

Sobre ello, Albizo fue preciso.

“En el marco de este protocolo que estamos generando, existirá una cláusula para que los vecinos puedan tener la posibilidad de radicar una denuncia anónima para denunciar casos de maltrato. El Ministerio de Seguridad podrá accionar en un plazo no menor de 60 días”.

Por último, Albizo recordó un caso que sentó precedente y que en 4 días se logró una orden de secuestro para recuperar a un animal maltratado en barrio Sargento Cabral.

“Se articularon los roles entre el grupo proteccionista LUNA, la policía de la provincia, y el Fiscal Ugarte y el Juez que ordenó el secuestro. “Esto puede pasar en 36 horas, como lo indica el protocolo de acción”.

“La grandeza de una nación y su progreso moral puede ser juzgado por la forma en que sus animales son tratados” - Mahatma Gandhi

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