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Los puntos claves de la Ley de Emergencia Turística aprobada en la Legislatura

Este jueves se aprobó la ley 6177, de Emergencia Turística en la Provincia. En el marco de la pandemia que afecta al mundo, la ley busca otorgar las herramientas necesarias al sector para poder llevar adelante un plan estratégico a fin de sostener las fuentes de trabajo, fundamentalmente, y el funcionamiento de las actividades turísticas en la Provincia.

  • En el marco de una nueva sesión ordinaria, se aprobó la Ley de Emergencia Turística.
  • La normativa busca darle un respiro a uno de los sectores más golpeados por la pandemia.
  • Hoy se reactiva el turismo interno pero las expectativas no muy altas debido al bajo salario del promedio de los trabajadores jujeños.

A pocas horas de que entrara en vigencia el plan “Jujuy para los Jujeños”, con el que se pretende oxigenar al sector turístico local, uno de los más afectados por la pandemia, la Legislatura provincial declaró la “emergencia turística” en Jujuy por un lapso de 180 días.

La sanción de la ley N° 6.177 beneficiará a los emprendedores del sector, tales como prestadores de servicios de transporte con afectación exclusiva para la actividad, hoteleros, establecimientos gastronómicos, agencias de viajes, guías de turismo y otros efectores.

La normativa prevé la reducción del 50% de las tarifas de servicios públicos prestados por las empresas del Estado provincial y, articulando con la SuSePu, se les otorga una tarifa social garantizada de energía eléctrica.

Asimismo, se estipula la exención del impuesto sobre los ingresos brutos por el término de 3 meses a partir de la vigencia de la ley.

Los recursos que ingresen a la provincia con destino turístico serán depositados en un fondo especial para ser distribuidos entre los actores.

En el artículo 7, la ley detalla que no habrá despidos ni suspensiones de trabajadores del sector.

La Ley de Emergencia Turística remitida por el Poder Ejecutivo fue estudiada y modificada en las comisiones de Cultura y Turismo, Finanzas y Legislación General de la Legislatura.

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