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Ley de Paritarias: el STJ rechazó recusación de la Intersindical

Finalmente el Superior Tribunal de Justicia rechazó los planteos de recusación de los jueces de ese mismo tribunal, que integra Sergio Jenefes, hermano del vicegobernador, quien participó de la aprobación de dicha norma como presidente de la Legislatura.


También se había denegado a los demás miembros de ese alto tribunal, ya que habían emitido opinión antes de la aprobación de la ley respecto a la declaración de servicio esencial a la Justicia.

El abogado Miguel Fiad, representante legal de ATE dijo a Radio 2: “El STJ el año pasado había iniciado acciones en contra de trabajadores de la Justicia, haciendo propia la consideración de que la Justicia era un servicio esencial y consiguientemente la huelga que llevaban a cabo los trabajadores, era ilegítima porque no se estaban garantizando los servicios de guardia”, apuntó.

Fiad recalcó: “Consideramos que un STJ que ya había adelantado opinión en tal sentido no iba a ser objetivo para resolver la causa interpuesta, porque justamente solicitamos la inconstitucionalidad de la Ley de Paritarias donde se considera la a Justicia como un servicio esencial”.

Los gremios consideran que la Justicia no es un servicio esencial, “porque así los dice la OIT; solamente son esenciales los servicios públicos que ponen en riesgo la vida o la salud de la población. No es el caso de la Justicia o la educación; más allá de que sea un servicio socialmente considerado esencial o éticamente esencial, jurídicamente no es así”.

Sobre el fallo emitido por el alto tribunal, dijo: “Como estamos pidiendo la inconstitucionalidad de ese artículo, consideramos que el STJ que ya se había expedido iniciando acciones en una de las partes, que se presentaba, con esa argumentación, no era objetivo para resolver la cuestión”.

En ese sentido recalcó que “tratándose en una acción constitucional de una ley, se va a correr traslado a la Legislatura. Entendíamos que la representación de ese organismo debería ser representada por el presidente de la Legislatura, que a su vez es hermano de uno de los vocales del STJ, por lo tanto entendíamos que tampoco había objetividad por parte de este vocal, el doctor Jenefes, iba a ser una incomodidad tener que resolver una causa, en la cual su hermano como presidente de la Legislatura contestaría. En la sentencia que nos notifica hoy, consideran que no siendo parte de la causa no existe ninguna causal para que se aparte del doctor Jenefes”.

Finalmente, sobre la recusación a los demás miembros, consideró: “El STJ reconoce que efectivamente el año pasado opinaron de esa manera, pero que lo hicieron no como órgano jurisdiccional, no como jueces, sino como empleados, es decir como autoridad de la Superintendencia del Poder Judicial. Nosotros como empleadores a la hora de ejercer el poder disciplinario, tenemos entendidos que la Justicia es esencial y ahora como jueces podemos entender otra cosa”.

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