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Lo que hay que considerar al contratar una obra social

Desde PROCONSUMER instaron a los usuarios ingresantes a corroborar el alcance y nivel de cobertura a fin de evitar abusos e inconvenientes cuando quieran disponer del servicio.

En su visita a El Colectivo (Canal 2) la abogada Claudia González evacuó una serie de dudas recurrentes sobre la responsabilidad de las empresas de salud para con los beneficiarios.

Si bien aclaro oportunamente que no se aplica la Ley de defensa del consumidor para los profesionales médicos “hay que entender que los derechos a la salud surgen de convenios internacionales” por lo que el Estado siempre obrará como garante.

Teniendo en cuenta numerosos casos, donde las empresas se niegan a cubrir las necesidades de sus beneficiarios, lo primero que deben hacer es exigir: cartilla de prestadores, todos los beneficios que menciona el promotor, alcance y nivel de cobertura de manera clara y expresa.

González también insiste en la necesidad de aplicar contundentemente la Ley N° 6070 sancionada el año pasado para el recupero de gastos hospitalarios cuando el sistema de salud público atiende a un paciente con cobertura.

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